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Colectivo Derecho de Familia

Actualización de la Ley de Registros Civiles: un proyecto para garantizar los derechos de todas las familias

100% Diversidad y Derechos, junto a distintos senadoras/es y diputadas/os, presentará este jueves 2 de junio a las 14 un proyecto de ley para adecuar la normativa de los registros civiles al nuevo Código Civil; a fin de garantizar el acceso a los derechos de todas las diversidades familiares. Incluye la simplificación de los trámites de cambio de nombre y apellido de los nietos recuperados por las Abuelas de Plaza de Mayo, quienes participarán de la presentación.  El evento será en el salón Eva Perón del Congreso Nacional.

El proyecto impulsa una reforma de la Ley Nº 26.413 y fue elaborado por 100% Diversidad y Derechos en conjunto con un equipo de Investigación de la Universidad de Buenos Aires encabezado por la Dra. Nelly Minyersky, y tomará estado parlamentario con la firma de las/os senadores Sigrid Kunath, Juan Manuel Abal Medina, Jaime Linares, y las/os diputadas/os Diana Conti, Margarita Stolbizer y Analia Rach Quiroga, entre otras/os de diferentes bloques políticos.

El nuevo Código Civil reconoce diversidades familiares y de identidades de género, receptando la Ley de Matrimonio Igualitario (26.618) y de cambio de nombre para personas trans (26.743).  También contempla otras formas de familias que se encontraban desamparadas en la normativa anterior, como las uniones convivenciales, los progenitores e hijos afines (familias ensambladas), las familias con hijos por técnicas de reproducción humana asistida, las adopciones de convivientes no casados y otras, por lo que es necesario actualizar el marco normativo de los Registros Civiles y garantizar el ejercicio de todos los derechos incorporados.  Estos avances requieren urgentemente que se actualicen las normas, procedimientos y en particular los usos y costumbres de los Registros Civiles para que las instituciones competentes estén en condiciones de garantizar y acompañar estas importantes transformaciones sociales y jurídicas.

El proyecto garantiza el acceso a los derechos de familia e identidades establecidos en la nueva normativa, como por ejemplo, en lo referente a las actas de matrimonio y de nacimiento de hijos e hijas cuando los cónyuges o progenitores hubieran cambiado su nombre y sexo registral. Específicamente, los registros civiles no han visto adecuada la ley 26.413, que regula los cambios registrales por, entre otros motivos, identidad de género (prenombre y sexo) sin intervención judicial. También contempla los casos de víctimas de desaparición forzada, apropiación ilegal o alteración o supresión del estado civil o de la identidad (prenombre y apellido). Este aspecto se incluyó a través de un aporte que hiciera el equipo jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo, a fin de garantizar el acceso al prenombre y apellido de los nietos recuperados por esa institución.

Actualmente y por decisión propia, el Consejo Federal de Registros Civiles ha puesto como pretexto discriminatorio la ley 26.413 (art. 84) para no adecuar las partidas de nacimiento de los/as hijos/as de personas trans a la identidad de sus padres/madres.  A pesar de estar aprobada y reglamentada  la Ley de Identidad de Género, han roto con esta determinación la armonía entre el sistema de registración y el de identificación, dejando niños y niñas con partidas de nacimiento donde figura como padre o madre una persona que social y jurídicamente no es reconocida como tal.  En consecuencia, se generan graves problemas para inscribir a los hijos en las obras sociales, jardines de infantes, etc. La institución aplica la misma negativa a los cambios en las actas de matrimonio si alguno de los cónyuges hubiera cambiado de nombre y sexo.

Finalmente, el Proyecto prevé la inscripción de uniones convivenciales – que requieran ser registradas por sus titulares -, y llegado el caso, la inscripción de su disolución. También tiene en cuenta que la solicitud para inscribir un nacimiento puede presentarla una madre y/o un padre, o dos madres o dos padres o alguno de ellos o ellas. Incorpora la diversidad de conformaciones familiares a la información que debe completarse en el certificado médico de nacimiento y para su inscripción ante el registro civil.  Si bien para el nuevo código “madre” es quien da a luz,  también reconoce que lo puede hacer un varón trans.

Actualizar la ley permitirá que las prácticas institucionales y las burocracias se transformen, se adapten al nuevo marco normativo y las familias y personas puedan ejercer sus derechos sin ningún tipo de discriminación a través de trámites sencillos, ágiles y eficaces.